JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dispone en los siguientes términos:
PRIMERO: SE DECLARA PROCEDENTE la medida cautelar de amparo constitucional solicitada por los ciudadanos Benedicto Venegas, Carlos Melean, Norberto Rosales y José Parra, con el carácter de Concejales del Concejo Municipal del Municipio Simón Bolívar del Estado Zulia.
SEGUNDO: SE SUSPENDEN LOS EFECTOS del Acta de fecha 05 de enero de 2012, mediante la cual se conformó la Junta Directiva del Concejo del Municipio Simón Bolívar del Estado Zulia para el período 2012-2013 "...de la siguiente manera: ¿ PRESIDENTE: Norka Silveria Campos; ¿ VICEPRESIDENTE: Econ. Edilson Bohórquez; ¿ SECRETARIO ACCIDENTAL: Abog. Gustavo Ochoa; ¿ Administradora: Lcda. Raquel Acosta de Gómez", ello hasta tanto se decida el fondo de la presente controversia.
TERCERO.....