Este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, e igualmente de acuerdo con lo establecido en el artículo 936 y siguiente del Código de Procedimiento Civil, declara como UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS del de-cujus JOSÉ MARIA MOLLEDA BRAVO quién en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-4.516.777, fallecido ab-intestato el día siete (7) de Enero de 2011, con domicilio en la Parroquia Juana de Ávila del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a su esposa ciudadana LESBIA JOSEFINA CORONADO FERNÁNDEZ VIUDA DE MOLLEDA y a sus hijos ciudadanos JOSÉ GERARDO MOLLEDA CORONADO, JOSÉ LEONARDO MOLLEDA CORONADO y VIRGINIA AISBEL MOLLEDA CORONADO, plenamente identificados ut supra, DEJANDOSE A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.