Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara IMPROCEDENTE el presente procedimiento de Divorcio intentado por la ciudadana Mary Eugenia Vásquez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 12.285.498 contra el ciudadano Williams Alexander Colmenares Rozo, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 13.146.244, por todos los razonamientos expuestos en la parte motiva del presente fallo que se dan aquí por reproducidos íntegramente. Se ordena la remisión del expediente al Archivo Judicial a los fines de su resguardo. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada por Secretaría de conformidad con lo establecido en el Artículo 248 del Código de Procedimien.....