Este Tribunal para decidir observa:
De la copia certificada de la partida de nacimiento del niño Alex De Jesús Patiño Morón, y la copia certificada de la partida de nacimiento consignada por la ciudadana María De Jesús Morón Torres, se evidencia que efectivamente se incurrió en el error expuesto en el escrito de solicitud. En consecuencia, por cuanto el Fiscal VIII del Ministerio Público no objetó nada contra esta solicitud, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, extensión Carora, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Con Lugar la solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento, presentada por la ciudadana María De Jesús Morón Torres. En consecuencia, se ordena asentar en la partida de nacimiento del niño Alex De Jesús Patiño Morón, el apellido de su madre como Morón, dejándose sin efecto el apellido Moran. Dicha partida de nacimiento se encuen.....