En consecuencia, de conformidad con lo antes expuesto, ME INHIBO de conocer en el presente proceso, por cuanto de una revisión exhaustiva de las actas procesales que integran el presente expediente, se observa de la sentencia interlocutoria de fecha 17 de diciembre de 2010, la cual resolvió la Solicitud de Medidas Preventivas solicitadas por la parte demandante en la presente acción, fue resuelta por el Abg. YBRAÍN RINCÓN MONTIEL, actuando en su carácter de JUEZ TEMPORAL del Juzgado Noveno de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, decisión la cual fue apelada en fecha 08 de diciembre de 2010, y cuyo recurso de apelación, luego de haber sido distribuido de conformidad con la Ley, correspondió conocer del mismo al Tribunal que presido, y siendo el caso, que siendo el referido Juez supra nombrado mi pariente por consanguinidad en línea colateral, en tercer grado, de conformidad con la regla establecida en el artí.....