Primero: Con Lugar la Solicitud de Divorcio, basada en el artículo 185-A del Código Civil, formulada por la ciudadana EMERITA ELENA GUTIERREZ HEERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V- 4.529.238, domiciliada en el Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, en contra del ciudadano ESNEYDI ENRIQUE FAJARDO ZUEMBER, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V- 5.818.029, domiciliado en la ciudad de Maracaibo del Estado Zulia, quien admite por intermedio de su Apoderado Judicial como ciertos los hechos narrados por su cónyuge en el escrito que encabeza estas actuaciones y en consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que contrajeron el día 24 de Septiembre de 1982, ante la Primera Autoridad de la Parroquia Cacique Mara Municipio Maracaibo del Estado Zulia, como se evidencia de Acta Nº 1016, expedida por la mencionada autoridad civil.
Se deja constancia, que los ciudadanos antes identificados, durante su unión.....