DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, DECRETA: MEDIDA DE SECUESTRO sobre un local No.15, ubicado en la Quinta Chiquinquirá, No. 72-33, situada en la avenida 17 entre calles 72 y 73, en Jurisdicción de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, propiedad de JUANA DÁVILA DE VILLASMIL, como heredera de los causantes ANTONIO DAVILA y CONSUELO GARCÍA DE DAVILA, fallecidos el 22-11-1976 y 29-07-1982 respectivamente, inmueble que conforma con la Quinta Villasmil ubicada en la misma Parroquia y avenida No.72-09 y calle 72 propiedad de la sucesión JORGE VILLASMIL BARRIOS, fallecido ab-intestato el 21-06-1980, lo que se conoce como CENTRO COMERCIAL VILLAS-MIL, y con terreno propio que mide treinta metros de frente por cincuenta.....