De conformidad con el artículo 331 del Código Orgánico Procesal, se orden a la apertura del juicio Oral y Público, en contra de los ACUSADOS JOSMAN LUCES GONZALEZ, titular de la cédula de identidad N° 14.508.500, GUSTAVO ERNESTO MARTINEZ BRITO titular de la cédula de identidad N° 15.278.583 y LEIKER MANUEL PALACIOS ASTUDILLOS, titular de la cédula de identidad N° 18.081.632 por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA, previsto y sancionado en el artículo 458 en concordancia con el 83 ambos del Código Penal.-