DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación de autos en efecto suspensivo, interpuesto por los abogados FREDDY REYES FUENMAYOR y MARIA TERESA MORENO MADRID, en su carácter de Fiscales Auxiliares Interinos del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Zulia.
SEGUNDO: CONFIRMA, la decisión No. 707-2018, dictada en fecha 23 de Septiembre de 2018, por el Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, correspondiente al acto de presentación de individualización de imputado, en la cual se decretó Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva De Libertad, a favor del ciudadano JHON MANUEL TORRES VARGAS, titular de la cédu.....