Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Catatumbo y Jesús Maria Semprún de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 315, 375 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA: APROBADO Y HOMOLOGADO TOTALMENTE EL CONVENIMIENTO en los términos establecidos, celebrado entre la ciudadana ANDREINA DEL CARMEN BLANCO GARCIA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N°. V-19.577.593, domiciliada en Casigua El Cubo, Urbanización Barbula, calle Principal, casa Nro. 23, Municipio Jesus Maria Semprún del Estado Zulia, y el ciudadano JORGE LEONARDO DUQUE URDANETA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° V-19.451.754, quien se desempeña como empleado en Serteca Gooyear, domiciliado en San Francisco, Sector la Popular, Apartamentos Polares, A.....