DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE POR EXTEMPORANEO el recurso de apelación de autos, interpuesto por el profesional del derecho JESÚS FEREIRA VILLEGAS, inscrito en el I.P.S.A bajo el No. 60.609, con el carácter de Defensor del ciudadano HUMBERTO PERNIA PIRELA, en contra de la decisión Nº 2C-784-10, de fecha nueve (9) de Julio del año 2010, emitida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, mediante la cual se declaró Con Lugar lo solicitado por el Ministerio Público con relación a la Privación Judicial Preventiva de Libertad, en contra del mencionado ciudadano, por la presunta comisión de los delitos de ROBO A MANO ARMADA, previsto y sancionado en el artículo 460 .....