DECLARA:
A. APROBADO Y HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO suscrito en fecha veintiséis (26) de julio de 2017, por los ciudadanos: RAIZA SELENIA LOZADA AMAYA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-10.798.081, y domiciliada en el municipio Cabimas del estado Zulia, asistida por la Abogada en Ejercicio VERONICA MENDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 132.859; y JOSÉ GREGORIO VARGAS LOVERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-8.702.311 y domiciliado en el municipio Cabimas del estado Zulia, asistido por la Abogada en Ejercicio THAIS OLIVARES, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 56.848, en beneficio de la hija de ambos, la niña (SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ART. 65 LOPNNA), de diez (10) años de edad, PASÁNDOLO EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA.
B.- Quedan así MODIFICADOS los montos que por concepto de Obligación de Manutención, establecidos en la Sentencia No. PJ0102013000884, dictada en fecha 01 de Abril de 2.....