Ahora bien, por cuanto de la revisión realizada a la solicitud y los recaudos consignados, observa este Juzgado que los solicitantes pretenden que este Órgano Jurisdiccional los declaren como únicos y universales herederos de los derechos de la causante BERNARDINA DEL CARMEN RIVAS UZCATEGUI, sin cumplir con los requisitos formales. Consta de las actas procesales que la ciudadana BEATRIZ COROMOTO RIVAS, no consignó el acta de nacimiento, o en su defecto los datos filiatorios conjuntamente con la inexistencia de la partida de nacimiento si fuere el caso, emanada de la Jefatura Civil y Registro Civil correspondiente, a los fines de acreditar la filiación con la causante antes citada. Igualmente se observa que los ciudadanos ANGEL DANILO RIVAS, MARCOS ENRIQUE RIVAS, ZULAIMA DEL CARMEN RIVAS DE MONTIEL e IRIS VIOLETA RIVAS, acompañaron únicamente los datos filiatorios emanados Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería, (SAIME), donde constata este Despacho que la p.....