Siendo ello, así y no habiendo otras pruebas que valorar llega a la plena convicción el juzgador que la parte demandada no logró desvirtuar las pretensiones de la ciudadana TEODULA DEL CARMEN PINEDA, por vía de consecuencia este órgano jurisdiccional declara con lugar la demanda y condena a las demandadas a que paguen a la demandante la cantidad total de Bs. 9.262.880,13 por concepto de prestaciones sociales más lo que resulte de la experticia complementaria del fallo para calcular la indexación judicial sobre dicha cantidades, así como los intereses sobre las prestaciones sociales e intereses por mora en el pago a tenor de lo establecido en la Carta Magna, que se ordena realizar por experticia complementaria del fallo por un solo experto designado por el Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo correspondiente, cuyos honorarios serán cancelados por la demandada.