Por las razones de hecho y de derecho explanadas, este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara: Con lugar, la solicitud de divorcio por falta de afecto, en atención a la Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, No. 1070/16, de fecha 09/12/2016, presentada por los ciudadanos JESUS JAVIER ERDENEO WEIR, titular de la cedula de identidad No. V-16.493.802, y CLAUDIA ANGELINA CAMPOS OLARTE, titular de la cedula de identidad No. V-16.781.455, asistidos por la Defensora Publica Segunda encargada con competencia ampliada abogada LIGCAR FUENMAYOR, inscrita en el inpreabogado bajo el No. 79.885, en consecuencia, se declara disuelto en divorcio, el vinculo matrimonial que contrajeran en fecha cuatro (04) de febrero del 2020, por ante el Regis.....