Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: INADMISIBLE la demanda que por Desalojo, que intentara los ciudadanos Manuel Antonio Vivas Moreno y Magali Vasquez de Viva, ya identificados, en contra de la ciudadana Ruth Dali Cambar Vergara, ya identificada, tomando como fundamentos los argumentos antes expuestos.