En cuanto a las pruebas documentales promovidas en el Capitulo I, en los literales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11, consignadas con el escrito de pruebas marcadas con las letras "A", "B", "C", "D", "E", "F", "G", "H" "I", "J" y "K", este Tribunal por cuanto las mismas no son manifiestamente ilegales ni impertinentes las admite salvo su apreciación en la definitiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 429 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.
ESCRITO DE PRUEBAS
DE LA PARTE QUERELLANTE
Visto el escrito de pruebas presentado en fecha 16 de junio de 2014, por el abogado ADRIAN NICOLAS GUGLIELMELLI, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 54.980, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano ADOLFO HELMUT SCHUBOWISTSCH ÁVILE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-11.417.827, y siendo la oportunidad para su admisión, el Tribunal observa:
En cuanto al Capítulo I .....