Por los fundamentos y argumentos antes expuestos, este Juzgado Quinto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA LA APREHENSIÓN E INGRESO A LA CÁRCEL NACIONAL DE MARACAIBO al ciudadano: ROMER ANGEL URBINA, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo-Estado Zulia, de estado civil soltero, de 37 años de edad, de profesión u oficio Latonero y Pintor de Carro , Titular de la Cedula de Identidad No: 11.870.699, hijo de Jose Atilio Castellano y Fulbia Maria Urbina, residenciado en la Avenida 28, La Limpia, Calle 83 Casa No 28-05, entrando por Papelería Ramírez de Maracaibo, Estado Zulia. De conformidad con lo establecido en los artículo 64, 479, 484, todos del Código Orgánico Procesal Penal a través de los organismos policiales y una vez capturado recluirlo inmediatamente en la Cárcel Nacional de Maracaibo, a la orde.....