este Tribunal que los honorarios arriba estipulados, se encuentran ajustados a derecho, por lo cual de conformidad con lo establecido en el artículo 54 de la Ley de Arancel Judicial, se estipula en la cantidad de UN MILLÓN QUINIENTOS OCHENTA MIL CUATROCIENTOS VEINTISIETE CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 1.580.427, 00). Y así se establece.