Por los fundamentos precedentes, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: 1.- CON LUGAR la presente demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO y COBRO DE BOLÍVARES sigue el ciudadano ROMER ANTONIO BARBOZA JIMÉNEZ contra la ciudadana MIRIAN OLIVIA PÁEZ DE SÁNCHEZ y, por ende, deberá la demandada hacer entrega al demandante, totalmente desocupado de personas y bienes que no pertenezcan al mismo, el inmueble ubicado en el noveno piso de la Torre "D", apartamento D-91 del Conjunto Residencial "Mirador del Lago", situado en la Avenida 2-C esquina Calle 77, jurisdicción de la parroquia Olegario Villalobos, Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia.
2.- De igual manera, se condena a la accionada, MIRIAN OLIVIA PÁEZ DE SÁNCHEZ, a pagar y/o cancelar al accionante, ROMER ANTONIO BARBOZA JIMÉNEZ, la cantidad de TRES MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 3.850.000,oo) por concepto de.....