Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de los Municipios Colón y Francisco Javier Pulgar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLINA SU COMPETENCIA para sustanciar, conocer y decidir este procedimiento laboral admitido el día 08 de Septiembre de 2003, en donde no se ha dado contestación al fondo de la demanda, incoado por DOUGLAS FRANCISCO ZAMBRANO CAMARILLO, venezolano, mayor de edad, soltero, de profesión electricista, titular de la cédula de identidad No. 10.683.874, de este domicilio y con domicilio procesal en la calle 2 con avenida 2 N° 1-31 de la Parroquia San Carlos de Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia, en contra de la Empresa Mercantil DRAGAS DEL SUR COMPAÑÍA ANOMINA (DRAGASUR, C.A.), inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, bajo el N° 16,Tomo 12-A, en fecha 10 de Diciembre de 1960, y con domicilio.....