DISPOSITIVO
En base a lo antes expuesto éste Juzgado UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
1) CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO propuesta por CLARET SEGUNDO ANDRADE MORALES, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº 7.628.571, de este domicilio, para la rectificación de su acta de nacimiento, en consecuencia, se ordena rectificar el acta respectiva signada bajo el Nº 747, del año 1957, ante la actual Jefatura Civil de la Parroquia Coquivacoa, del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en el sentido siguiente: en su asiento, el ciudadano solicitante aparece en su acta de nacimiento como CLARET SEGUNDO ANDRADE MORAN, cuando lo correcto es CLARET SEGUNDO ANDRADE MORALES ..., su progenitora aparece como ANA LUISA MORAN, cuando lo correcto es ANA.....