Consta de las actas procesales que en fecha veintinueve (29) de octubre de 2008, se dictó resolución, procediendo en sentencia de autoridad de cosa juzgada, en virtud del allanamiento de los demandados a los hechos controvertidos en la causa, y previa solicitud de la partea actora, se declaró en estado de ejecución voluntario en fecha 21 de noviembre del año 2008, notificadas las partes y transcurrido el lapso procesal establecido para dar cumplimiento voluntario, este Tribunal DECLARA EN ESTADO DE EJECUCIÓN FORZOSA la resolución de fecha veintinueve (29) de octubre de 2008.- Así se Decide.-