Este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, administrando justicia por autoridad de la ley, declara:
1.) CON LUGAR LA APELACIÓN, interpuesta la parte demandada recurrente, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 23 de enero de 2008.
2.) SIN LUGAR LA APELACIÓN, interpuesta la parte demandante recurrente, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 23 de enero de 2008.
3.) SIN LUGAR la demanda incoada por el ciudadano ERNESTO RIVERA contra la sociedad mercantil COLECTIVOS GUANA C.A, antes identificadas.
4.) SE REVOCA el fallo apelado.
5.) NO HAY CONDENATORIA en costas procesales a la parte .....