III
DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley declara:
• HOMOLOGADO el Desistimiento del Procedimiento y de la Acción, efectuado por la abogada en ejercicio MARIA DE LOS ANGELES CARROZ RINCON, en su condición de apoderada judicial del ciudadano JORGE KHAOIM MASRIE, en el juicio de DAÑOS Y PERJUICIOS, seguido contra la Sociedad Mercantil CENTRO AUDITIVO WIDEX MARACAIBO, C.A., todos plenamente identificados en actas.
• Se ordena la devolución de los instrumentos originales previa certificación en actas.
• Terminado el procedimiento se ordena el archivo del expediente.
Publíquese y regístrese la presente resolución. Déjese copia certificada por Secretaria a los fines legales previstos en los Ordinales 3° y 9° del Artículo 72 de la Ley Orgánica de.....