DISPOSITIVO
En virtud de lo antes expuesto, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: SE NIEGA la inspección extra litem, solicitada por el ciudadano OMAR ENRIQUE SAAVEDRA MACHADO, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 13.209.993 e inscrito en el Inpreabogado bajo el numero 85.953 y domiciliado en el Municipio Cabimas del estado Zulia, quien actúa en nombre y representación de su mandante, Ciudadana JOSEFA JUDITH PEREZ PERAZA, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 2.038.564.
SEGUNDO: No hay condenatorias en costas en virtud del dispositivo del fallo.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA.
Dada, sellada y firmada en la sala del Despacho del TRIBUNAL TE.....