Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
• EXTINGUIDO el presente Juicio de DIVORCIO ORDINARIO intentado por la ciudadana FABIOLA GARCÍA SIRIT, en contra del ciudadano DAVID RAFAEL PARRA MÁRQUEZ, plenamente identificados en actas, fundamentando su acción en las causales contenidas en los ordinales 2° y 3° del artículo 185 del vigente Código Civil, esto es abandono voluntario y los excesos, sevicias e injurias graves, respectivamente. ASÍ SE DECIDE.-
• NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS por la naturaleza de este fallo. ASÍ SE ESTABLECE.-