DECISION
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL, contraído por los ciudadanos, WILLIAMS TELLO LEAL Y AMARILES ZULEMA VIVAS, en fecha cuatro (04) de Enero de mil novecientos setenta y cuatro (1974), por ante el Prefectura del Municipio Coquivacoa del Distrito Maracaibo del Estado Zulia, hoy Jefatura Civil de la Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, tal como se evidencia de Acta de Matrimonio signada con el N° 10, acompañada a los autos en copia certificada.-
Se ordena Oficiar Prefectura del Municipio Coquivacoa del Distrito Maracaibo del Estado Zulia, hoy Jefatura Civil de la Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, así como al Registro Principal del Estado Zulia, a objeto de que estampe la Nota Marginal correspondiente.-
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