Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
• CON LUGAR la solicitud de EDWARD ENRIQUE MARTÍNEZ VARGAS y ELIZABETH BEATRÍZ PÁEZ DÍAZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad números 16.304.380 y 16.302.574, respectivamente, domiciliados en el municipio Cabimas del estado Zulia, y en consecuencia;
• DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL por ellos contraído el día catorce (14) de abril de 2007, contrajeron Matrimonio Civil por ante la Primera Autoridad de la Parroquia Alonso de Ojeda, Municipio Lagunilla del Estado Zulia, hoy en día Oficina de Unidad de Registro Civil Parroquia Alonso de Ojeda, Municipio Lagunillas del Estado Zulia, todo lo cual se evidencia de Acta de Matrimonio No. 11.....