CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO-185-A, presentada por los ciudadanos JOSE EUGENIO MORENO MATA y ANA FLORENCIA MARIN GOMEZ ambos identificados anteriormente, y en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial que los une en virtud del matrimonio civil, por ellos celebrado   por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Gómez del estado Nueva Esparta, en fecha veinticuatro (24) de diciembre de mil novecientos ochenta y ocho (1988), la cual quedó inserta  bajo el  Nº 54, al folio 80 y 81, según consta de la Copia Certificada del Acta de Matrimonio anexa, la cual reposa en el  Libro de Registro Civil de Matrimonios llevados por la Oficina de  Registro Civil del Municipio Gómez de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta; administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela  y se ordena conforme a lo previsto en los artículos 101 numeral 06 y 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil, a insertar la presente sentencia, única y exclusivamente ant.....