este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano Nueva Esparta, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con el artículo 41 Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, declara: PRIMERO: CONSUMADA LA PERENCIÓN y, en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente acción interpuesta por la Ciudadana JAKELINE VANESSA DEL VALLE ROJAS MILLAN, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 17.898.759, en contra de Providencia Administrativa N° I-00142-14, expediente N° 047-2011-01-00875, dictada por La Inspectoría del Trabajo del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, de fecha 08 de Octubre de 2014. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión. TERCERO: Notifíquese a la parte recurrente de la presente decisión.