En consecuencia, este JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia por autoridad de la Ley, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, se declara:
1.-COMPETENTE para conocer el Recurso de Nulidad de Acto Administrativo, interpuesto por los abogados Fernando Curiel y Aníbal Garrido inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 54.661 y 14.973 respectivamente en representación de la Sociedad Mercantil NET UNO C.A contra la Providencia Administrativa Nro. 234 de fecha 30 de junio del 2010, del expediente Nro. 042-2009-01-02172.
2.-ADMITE el Recurso de Nulidad de Acto Administrativo interpuesto.
3.-NOTIFICAR al INSPECTOR DEL TRABAJO DE MARACAIBO DEL ESTADO ZULIA, conforme a los términos de la presente motiva.
4.-NOTIFICAR al ciudadano FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA EN LA PERSONA DEL FISCAL VIGÉSIMO SEGUNDO DEL MINISTERI.....