En mérito de las consideraciones precedentemente explanadas, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: LA CONFESIÓN FICTA del demandado, y en ese sentido se declara CON LUGAR la demanda de NULIDAD DE ACTAS DE ASAMBLEA, incoada por la ciudadana MARIBEL REY NOGUEIRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.508.653, domiciliada en el municipio Maracaibo del estado Zulia en contra de las sociedades mercantiles TONY GAS C.A., DISTRIBUIDORA MARUGAS C.A. y TRANSPORTE TONY GAS C.A., la primera inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 12 de enero de 1977, bajo el Nro. 6, tomo 8A; la segunda, inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 26 de abr.....