III.- Por los fundamentos expuestos:
Este JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS POR MUTUO CONSENTIMIENTO PROPUESTA POR LOS CIUDADANOS JUAN CARLOSGREGORIO GONZALEZ y LUZ MARINA PEREZ ACOSTA, ambos ya identificados, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día veintisiete (27) de Mayo del año dos mil Diez (2010), ante el Director del Registro Civil y Secretaria respectivamente del Municipio Autónomo Maracaibo, del Estado Zulia, según Acta de Matrimonio signada con el número 141.
Según manifestación expresa de los cónyuges durante la vigencia matrimonial no procrearon hijos, y no existen bienes que liquidar.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada de este fallo en el Tribunal de c.....