Visto la transacción celebrada en fecha once (11) de Agosto de 2006, entre los ciudadanos, ARGENIS JOSE ARRAIZ FERNANDEZ venezolano, mayor de edad portador de la Cédula de Identidad No. 6.148.780 y domiciliado en Valencia del Estado Carabobo, de transito por esta ciudad, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, debidamente representado por su apoderado judicial abogado en ejercicio OVELIO PIÑA VALLES venezolano, mayor de edad, portador de la cedula de identidad No. 3.250.862 e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 33.802 y domiciliado en esta ciudad, Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia parte demandante en el proceso y por la otra ciudadana VIVINA DOLORES LOPEZ DE ARRAIZ, venezolana, mayor de edad, portadora de la cedula de identidad No. 3.491.331 y domiciliada en esta ciudad, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, asistida en este acto por el ciudadano DEMETRIO GONZALEZ LUGO, venezolano, abogado en ejercicio, mayor de edad, portador de la cedula de identidad No. 5.711.500 e in.....