Se fundamentó decisión, dictada este mismo día mediante la cual se calificó la flagrancia en la aprehensión del ciudadano YONATHA JOSÉ SALAZAR, titular de la cédula de identidad Nº V- 26.228.993, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el Encabezamiento y Segundo Aparte del Artículo 42, de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en perjuicio de la ciudadana Victima ADOLESCENTE, de quien se omite su identificación de conformidad con el artículo 65 parágrafo segundo de la LOPNNA, decretándose medidas de protección y seguridad a favor de la víctima. Medida Cautelar Sustitutiva en contra del referido ciudadano. Asimismo Se ordena remitir al prenombrado ciudadano, ante el Equipo Interdisciplinario de este Circuito Judicial Especializado, a los fines de que sea integrado a los programas de orientación, atención y prevención de la no violencia contra la mujer. Se acuerdan las copias solicitadas.-
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