Este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Autoridad de la Ley decreta PRIMERO: Este tribunal desestima las agravante del articulo 65 numeral 3 de la ley orgánica sobre los derechos a las mujeres de una vida de violencia en el delito de VIOLENCIA FISICA por cuanto considera que las lesiones son de carácter leve tal y como consta en el examen medico forense. SEGUNDO: La aprehensión en flagrancia del ciudadano ELADIO CASTAÑEDA VELAZQUEZ, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA tipo penal previsto y sancionado en el artículo 42 en su encabezamiento y el delito de AMENAZA previsto y sancionado en el articulo 41 encabezamiento con la agravante en el articulo 65 ordinal 3° de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Vivir Una Vida Libre de Violencia en perjuicio de la ciudadana NALKI CARAOLINA YDROGO VARGAS, de conformidad con lo establecido en el artículo 93 ejusdem; TERCERO: Se ordena proseguir la presente causa po.....