PARTE DISPOSITIVA
DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio - Juez Unipersonal Nº 3, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
a) CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, hecha por los ciudadanos Jesús Guillermo Rojas Ríos y María Nelly Labastidas Salcedo, portadores de las cédulas de identidad Nos. V- 12.622.069 y V- 15.053.834, respectivamente.
b) Disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron ante el Jefe Civil y Secretario de la parroquia Domitila Flores del municipio San Francisco del estado Zulia, el día tres (03) de octubre de 1998, como consta en la copia certificada del acta de matrimonio No. 306, expedida por la mencionada autoridad.
c) En relación con el régimen de los hijos: la patria potestad será ejercida conjuntamente por ambos prog.....