Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Cuarto de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por Cobro de Bolívares (Intimación), interpuso el profesional del derecho THOMÁS CRUZ BAVARESCO, actuando como apoderado judicial de la Sociedad Mercantil BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A., en contra de la Sociedad Mercantil INVERSIONES KRISTAL, C.A., ya que la parte demandada no demostró haber cancelado las cuotas que reclama por la parte demandante, de conformidad con los artículo 506 del Código de Procedimiento Civil y 1354 del Código Civil. SEGUNDO: Se condena a la Sociedad Mercantil INVERSIONES KRISTAL, C.A., a cancelar la cantidad de NOVENTA Y UN MIL SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO BOLÍVARES CON TREINTA Y SEIS CENTIMOS (Bs. 91.748,36) por los siguientes conceptos:
1) Saldo del capital del préstamo la cantidad de OC.....