Por las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CUMPLIMIENTO DE PENA Y SUJECION A LA VIGILANCIA CUMPLIDA a favor del ciudadano ROBERTO JOSE GONZALEZ FERRER, portador de la cédula de identidad No. 9.737.835, venezolano, de 34 años de edad, de oficio chofer, soltero, hijo de Miguel González (dif) y de Nela Ferrer, con domicilio procesal en la Urbanización Nueva Miranda, vereda 24, casa No. 3, Los Puertos de Altagracia, Municipio Miranda del Estado Zulia y en consecuencia SE EXTINGUE LA RESPONSABILIDAD PENAL Y SE DECRETA LA COSA JUZGADA, de conformidad con lo establecido en el artículo 105° del derogado Código Penal y el cual se aplica en este caso por mandato constitucional, en concordancia con el ordinal 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que se ordena la remisión de la .....