Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: El SOBRESEIMIENTO en la presente causa, instruida en contra del ciudadano WILMER JOSE LINARES RUZ, Venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, fecha de nacimiento 21-01-84, de 19 años de edad, soltero, titular de la C.I. N° V-16.351.942, quien residía en el Sector Brisas del Río, Barrio Rómulo Gallegos, Caja Seca, Municipio Sucre del Estado Zulia, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado hoy en el artículo 406 numeral 1, antes artículo 408 numeral 1, letra A, LESIONES INTENCIONALES LEVES, previstas y sancionadas hoy en el artículo 413, antes artículo 415 y LESIONES INTENCIONALES GRAVES, previstas y sancionadas hoy artículo 415, antes 417, .....