PRIMERO: SIN LUGAR la defensa perentoria de fondo aducida por la Sociedad Mercantil TRANSPORTE INDUSTRIAL CIUDAD OJEDA, C.A. (TALINCO), referida a la Falta de Cualidad e Interés activa y pasiva para sostener el presente asunto, interpuesto en su contra por los ciudadanos WILMER ADELSO HERNÁNDEZ LANDAETA y ARGENIS JOSÉ MORILLO LINARES, por motivo de cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales. SEGUNDO: SIN LUGAR la defensa perentoria de fondo aducida por la Sociedad Mercantil TRANSPORTE INDUSTRIAL CIUDAD OJEDA, C.A. (TALINCO), referida a la Prescripción de la Acción intentada en su contra, por los ciudadanos WILMER ADELSO HERNÁNDEZ LANDAETA y ARGENIS JOSÉ MORILLO LINARES, en base al cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales. TERCERO: CON LUGAR la defensa perentoria de fondo aducida por la parte co-demandada, Sociedad Mercantil EHCOPEK, S.A., referida a la Falta de Cualidad e Interés pasiva para sostener el presente asunto, interpuesto en su contra en form.....