Este Juzgado, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES POR MUTUO CONSENTIMIENTO, propuesta por los ciudadanos J JUAN PABLO PRIETO BAEZ y LAURA ELENA BORIN SABATINI, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL, contraído por los mencionados ciudadanos, en fecha veintidós (22) de Diciembre dos mil siete (2007), por ante el Prefecto y Secretario de la Parroquia Olegario Villalobos del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, tal como se evidencia del Acta de Matrimonio signada con el Nº 531 que corre inserta en el libro No. 03, acompañada a los autos en copia certificada.-