Por todas las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA LA APLICACIÓN DE LA MEDIDA DE PROTECCIÓN A LAS VÍCTIMAS, y en efecto ORDENA LA PROHIBICIÓN DE ACERCARSE A LAS VÍCTIMAS, POR SEIS (06) MESES, (víctimas ya plenamente identificadas) de conformidad con el artículo 21 numeral 7 de la Ley de Protección de Víctimas, Testigos y demás Sujetos Procesales, al ciudadano, ENDER LUIS RODRIGUEZ, siendo las 11:00 a.m. Específicamente se señala que el domicilio de la víctima y su grupo familiar, se mantienen en reserva a solicitud de las mismas. Todo ello de conformidad con lo preceptuado en los artículos 30 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 17 y 21 numeral 7 de la Ley de Protección de Víctimas, Testigos y de.....