DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuesto, este Tribunal Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA REVOCAR el beneficio de SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, al penado TELEFO SEGUNDO MORALES GONZALEZ, venezolano, natural de Maracaibo Estado Zulia, fecha de nacimiento 05-11-58, mayor de edad, obrero, concubino, titular de la cédula de identidad No. V-13.610.129, hijo de José Manuel Morales y Dolores Maria González, residenciado en el Barrio Indio Mara, avenida 26, No. 31-36, al fondo de la Bomba El Caribe, vía El Mojan, Maracaibo Estado Zulia, por incumplimiento a las obligaciones impuestas, todo de conformidad con el Artículo 512 del Código Orgánico Procesal Penal, hasta tanto sea dictado acto conclusivo en la causa seguida por ante el Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal, en.....