PRIMERO: CON LUGAR, la inhibición propuesta por la Juez Provisoria del Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Arismendi, Antolin del Campo, Gómez, Marcano y Díaz de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, abogada IRINA DÍAZ FERRERA, en fecha 11 de abril de 2005, en la comisión que le fue conferida por el Juzgado de los Municipios Arismendi, Antolin del Campo y Gómez con motivo del decreto de la ejecución forzosa recaída en el juicio que por Resolución de Contrato de Arrendamiento e Indemnización por Daños y Perjuicios fue intentada por la Sociedad Mercantil DESARROLLOS TURÍSTICOS VILLAGI, C.A., en contra de la Sociedad Mercantil CELUISMA INTERNACIONAL, C.A. (expediente Nº.884/02 nomenclatura del Tribunal de la causa).
SEGUNDO: Se dispone en consecuencia, que la mencionada Juez no debe seguir conociendo de dicho asunto por haber causa que se lo impida.
TERCERO: Expídase copia certificada de esta sentencia y remítase con oficio a la Juez inhibida, así mismo remí.....