Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
a) CON LUGAR la solicitud de conversión de Separación de Cuerpos por mutuo consentimiento en Divorcio requerida por los ciudadanos: MARTHA YANETH OVIEDO BENITEZ y JUAN CARLOS GARCIA CARRASCO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos. V-16.382.366 y V-12.943.445, respectivamente, domiciliados en Jurisdicción del Municipio Lagunillas del estado Zulia, asistidos por la Abogada en Ejercicio RUTH MARGARITA HIGUERA ACOSTA, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 186.941.
b) DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que contrajeron los ciudadanos antes mencionados, en fecha Tres (03) de Julio de Dos Mil Ocho (2008), por ante la Jefa.....