PRIMERO: EL DESISTIMIENTO del recurso de Nulidad las Sociedades Mercantiles SUPER ENNE 2000 DR. PORTILLO, C.A., SUPER ENNE 2000 BELLA VISTA, C.A., SUPER ENNE 2000 FUERZAS ARMADAS, C.A, y SUPER ENNE 2000, C.A. sociedades mercantiles constituidas originalmente como PERFUMERÍA ENNE DR. PORTILLO, C.A., PERFUMERIA ENNE BELLA VISTA, C.A., PERFUMERIA ENNE DELICIAS NORTE, C.A., Y PERFUMERIA ENNE 72, C.A., contra Providencia Administrativa Nº 293, de fecha 06 de octubre de 2011, Expediente 042-2011-01-00862 que declaró CON LUGAR la solicitud de Reenganche y Pago de los Salarios Caídos incoada por el ciudadano RICHARD ALARCON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-15.937.732, domiciliado en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, contra esta sociedad mercantil.
SEGUNDO: Se ordena notificar al Procurador General de la Republica y a la parte Recurrente la Sociedad Mercantil SUPER ENNE 2000, 72, C.A.
TERCERO: Se ordena el archivo del expediente de la pre.....