Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la presente demanda de REVISION DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, incoada por la Defensa Pública Cuarta de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, por requerimiento de la ciudadana MARIELA COROMOTO ROJAS PATIÑO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.451.137, en contra del ciudadano JOSE LUIS FERMIN SILVEIRA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº: V-8.203.937, y en beneficio de "Cuya identificación se omite de conformidad con lo establecido en el Artículo 65 de la LOPNNA", por haber alcanzado la referida joven la mayoridad, de conformidad con lo .....