DISPOSITIVA:
Por todos los razonamientos expuestos, y con fundamento en los artículos antes citados, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la demanda que por motivo de PARTICIÓN DE LA COMUNIDAD CONCUBINARIA incoada por el ciudadano MEZA GUILARTE FRANCISCO JAVIER, en contra de la ciudadana RIVAS HERNANDEZ JUSTINA, partes debidamente identificadas en el texto de esta decisión.-
PUBLIQUESE, REGISTRESE y DEJESE COPIA.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. En Maturín, los veintiséis (26) días del mes de Febrero del año Dos Mil Dieciseis. Años 205º de la Independencia y 157º de la Federación.
El Juez,
Abg. Gustavo Posada
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